En medio de una opinión dirigida al tema sobre derechos de las personas privadas de su libertad, en especial poblaciones vulnerables; la Corte reconoció que esta violencia, dada en mujeres en embarazo, «constituye una forma de violencia basada en el género». Asimismo, aseguró que los Estados deben aplicar un enfoque diferenciado para atender las necesidades especiales.
Noticias América Latina.
Después de tres años desde que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos le solicitara a la Corte Interamericana de Derechos Humanos su opinión frente a la situación de personas privadas de la libertad en América Latina, en especial la población vulnerable, este lunes este documento fue publicado.
En 166 páginas, el Tribunal internacional tenía que responder varios interrogantes en torno a esta problemática que mujeres, comunidad LGBT+, adultos mayores, minorías étnicas y niños y niñas que viven en prisión con sus madres, tienen que enfrentar.
Asimismo, con el objetivo de trazar ciertas directrices que los Estados deben cumplir.
A parte de asegurar en el documento que los integrantes de esta población merecen ser atendidos con enfoques diferenciados y que al ser desconocidos, suponen actos de discriminación y violencia presentes en la vida en libertad, el Tribunal trajo a colación un tema importante para los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres: la violencia obstétrica.
Violencia antes, durante y después del trabajo de parto
La violencia obstétrica es entendida como cualquier expresión, conducta, acción u omisión, que afecte el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres.
Así como el trato deshumanizado, la medicación injustificada y la patologización de procesos que son naturales son expresiones de esta violencia que normalmente, son practicadas por el personal de salud.
Este tipo violencia se aplica sin importar la raza, la edad y su condición social.
Ante ese orden de ideas, los jueces interamericanos consideraron este tipo de violencia constituye una forma de violencia basada en el género y es contraria a la Convención de Belem do Pará.
«La Corte resalta que las mujeres embarazadas privadas de libertad son especialmente vulnerables a sufrir violencia obstétrica, por lo que los Estados deben reforzar las medidas de prevención de dicha violencia en los servicios de salud obstétrica que se brinda a esta población», se lee en la opinión consultiva.
De igual manera, la Corte mencionó la necesidad de que se garantice el acceso a la justicia para las mujeres que son víctimas de este tipo de violencia, incluyen aquellas que se encuentran privadas de su libertad.
Específicamente, el acceso debe darse a través de la tipificación de esta violencia y del acceso a recursos administrativos y judiciales, así como también, reparaciones para aquellas mujeres que la han sufrido.
Además es importante facilitar canales de denuncia seguros, para que expongan sus casos de forma confidencialidad.
Por otro lado, recomendó seguir una serie de propuestas con enfoque de derechos humanos impartidas por la OMS para garantizar una atención respetuosa de la maternidad para la atención durante todo el trabajo de parto y nacimiento.
Vestimenta e Higiene
En el apartado sobre los derechos humanos de mujeres y personas embarazadas en periodo de parto, posparto y lactancia, se mencionaron las necesidades que demandan las mujeres privadas de la libertad.
La Corte aclaró que estas necesidades particulares deben estar cubiertas por los Estados.
Las cárceles deberán proporcionar toallas sanitarias gratuitas, tampones, copas menstruales, y apósitos postparto; y el suministro permanente de agua para el cuidado personal de niños y mujeres, en particular las que cocinen, las embarazadas y las que se encuentren en período de lactancia o menstruación.
Toda la ropa, incluida la de cama, se mantendrá limpia y en buen estado para asegurar condiciones de higiene.
En el caso de las mujeres embarazadas, se les debe permitir usar ropa adaptada a su condición.
A partir de esta opinión resolutiva, se espera que los Estados garanticen estas directrices para garantizar los derechos a las mujeres embarazadas privadas de su libertad y en general.