El permiso de incapacidad laboral por dolores menstruales es una de las leyes que fueron aprobadas este jueves en España. En Países como Japón, Indonesia y Zambia se implementan medidas similares.
Últimas noticias.
Hoy, jueves 16 de febrero, el Congreso de Diputados de España, entre otras leyes, aprobó la medida que avala la «baja menstrual» para trabajadoras que padezcan de reglas dolorosas, convirtiendo a España en el país pionero de Europa en temas de género.
Países del mundo que también implementaron medidas similares son Indonesia, Zambia, Japón, Taiwan y Corea del Sur.
Siendo Indonesia el primer país en el mundo en otorgar una licencia a mujeres por dolores menstruales.
Así que, de acuerdo al texto de la ley, la menstruación dolorosa entrará en el catálogo de causas por las que los médicos podrán otorgar una incapacidad temporal.
«Tendrá la consideración de situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes aquella baja laboral en que pueda encontrarse la mujer en caso de menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis», se lee en el texto.
No obstante, la baja menstrual es solo una de las medidas claves de un proyecto de ley mucho más amplio aprobado este jueves para aumentar el acceso al aborto en los hospitales públicos.
🔴 URGENTE – España aprueba ley que permite la baja médica remunerada por dolores menstruales, una decisión pionera en Europa https://t.co/NRELyHK4GA pic.twitter.com/XBQlMNnsN2
— FRANCE 24 – Urgente (@UrgenteF24) February 16, 2023
Sobre la ley
En primer lugar, el médico de cabecera de cada mujer podrá otorgarle la incapacidad en caso de ser solicitada. No será necesario el antecedente de alguna enfermedad diagnosticada, puede ser otorgada sin una patología previa.
Para solicitar esta incapacidad, además, no será necesario que las trabajadoras cuenten con un número mínimo de días cotizados en su esquema de seguridad social. Algo que, según El Mundo, sí es necesario en otras causas de incapacidad en España.
En cuanto al máximo de días, la ley aprobada este no contempla un límite de tiempo. Es decir, puede ser un solo día o muchos más, según el médico lo considere necesario.
Por otro lado, el Estado se encargará de cubrir la totalidad de los días de incapacidad por dolores menstruales y no las empresas.
Esto con el fin de evitar que se cree una «cultura de la estigmatización» que termine por afectar la contratación de mujeres en el sector empresarial.
¿Qué otras cosas propone la ley?
Aunque el foco del proyecto es el aborto, dentro del texto, según el periódico el Tiempo, la nueva ley también propone combatir la pobreza menstrual, apostando por la gratuidad de los productos de higiene menstrual, como los tampones, compresas o copas menstruales, en centros educativos, prisiones y centros sociales para las mujeres en situación de vulnerabilidad.
Así que con la aprobación del proyecto, se garantizará la realización de interrupciones voluntarias del embarazo en centros sanitarios públicos.
Por lo tanto, se elimina la exigencia de autorización paterna para las menores de 16 y 17 años que desean abortar.
Pero se mantienen los plazos fijados por ley en 2010 y avalados por el Tribunal Constitucional recientemente, con lo que el aborto seguirá siendo libre durante las primeras 14 semanas de gestación.
También se estipula el derecho a la incapacidad temporal desde el primer día de la semana 39 del embarazo y la incapacidad si se recibe asistencia sanitaria por un aborto que impida a las mujeres trabajar.
Por otro lado, se garantiza el acceso público y universal a la anticoncepción.
«Las píldoras de última generación volverán a estar cubiertas por la Seguridad Social. La norma promoverá los métodos de anticoncepción masculina», señala al respecto El Mundo.
Otra de las leyes que aprobó España este jueves, es la ley Trans. Medida que reconoce la voluntad de la persona a partir de los 16 años como único requisito para cambiar de sexo en el registro civil.
Es decir, no es obligatorio la hormonación y las evaluaciones psicológicas y médicas como requisitos.
Los menores de entre 16 y 14 años podrán cambiar su sexo en el registro siempre que acudan con sus padres o tutores legales, mientras que entre los 12 y 14 años necesitarán autorización judicial.