En Honduras, un caso de feminicidio genera indignación. A pesar de pruebas y solicitud familiar, el acusado enfrenta una controvertida imputación por «homicidio imprudente», desatando críticas y denuncias de corrupción en el sistema judicial.
Pese a la petición de la familia y a las pruebas aportadas por acusadores privados que demostraban la responsabilidad en el crimen, por acción u omisión, de varios agentes y oficiales que estuvieron en la posta esa noche, el Ministerio Público determinó acusar únicamente al policía Perdomo Sarmiento por el delito de feminicidio agravado. Esto fue el 15 de abril de 2021.
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Sin embargo, en el transcurso del proceso y en una cadena de favores operada desde el sistema judicial, se determinó modificar el delito de feminicidio agravado a homicidio simple. La Fiscalía presentó un amparo para reclasificar el delito, pero la Sala de lo Constitucional se lavó las manos y devolvió el expediente a los juzgados de Siguatepeque, dejando al juez la libertad de determinar la tipificación del delito.
Para completar el favor, el juez redujo al mínimo la posibilidad de sanción al homicida y terminó tipificando como “homicidio imprudencial”, durante el fallo dado a conocer el 14 de septiembre de 2023. De acuerdo con la teoría del Derecho, el “homicidio imprudencial” es aquel que se comete sin intención, por impericia, negligencia o violación de reglamentos. Se castiga con penas menores que el homicidio intencional.
Tergiversación judicial: la verdad desafiada en un caso de Feminicidio
Según los argumentos expuestos en el juicio, y que fueron aceptados por los jueces para llegar a su veredicto, “el hombre este, por querer brindarle los primeros auxilios (a Keyla), la asfixió. Eso fue una total burla para la familia”, apuntó doña Norma.
Decir que “a este hombre se le pasó la mano al auxiliar a mi hija, es lo peor que pudieron haber inventado estos señores jueces para justificar la gran cantidad de dinero, por decir esta insensatez o esta imprudencia. Porque eso sí es una imprudencia, lo que ellos han hecho. A pesar de todas las pruebas que se les han presentado, decir que fue un homicidio imprudente”, agregó.
Durante el juicio, celebrado en septiembre de 2022, pero cuyo fallo fue emitido en septiembre de 2023, el imputado Harold Perdomo nunca levantó la cabeza ni abrió la boca para dar su versión de los hechos porque defensores e incluso los jueces le hacían énfasis que era su derecho no declarar. Para doña Norma, esto fue a propósito porque “sabían que iba a meter la patota, que él no iba a mantenerse o iba a cometer algún error. (…) Se va viendo todo el sistema corrupto y podrido que hay en nuestro país”.
El futuro incierto del caso
Hay que considerar que el Código Penal en su artículo 208 establece que el feminicidio tiene una pena de entre 20 y 25 años de reclusión, y si es feminicidio agravado es de 25 a 30 años. Mientras que el delito de homicidio imprudencial, según el artículo 198 del mismo Código, tiene una pena de 1 a 3 años, si es leve; y de 3 a 7 años si presenta agravantes.
En la audiencia de individualización de pena realizada el 11 de octubre de 2023, la defensa de Perdomo solicitó una pena de 1 año de reclusión, mientras que la parte acusadora pidió una condena de 7 años. Bajo cualquier parámetro, la justicia saldrá perdiendo porque se avizora que el homicida saldrá en libertad tras la lectura de sentencia.
Esta fue programada para el 3 de noviembre de 2023, y se instruyó para que el secretario notificara a las partes. Es decir, se trata de una sentencia tan vergonzosa que los jueces ni siquiera estarán presentes cuando se confirme la pena para el homicida.