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Amnistía Internacional

Todo por las presuntas ejecuciones extrajudiciales durante las manifestaciones que exigían al Gobierno de Boluarte a adelantar las elecciones. 

Noticias Latinoamérica.

Ante el Congreso, Amnistía Internacional presentó su informe final «Racismo Letal: ejecuciones extrajudiciales y uso ilegítimo de la fuerza por los cuerpos de seguridad de Perú», donde documentaron un total de 52 casos de presuntas violaciones de derechos humanos durante las manifestaciones contra el actual Gobierno de Dina Boluarte.

Dicho periodo llevado a cabo entre el 7 de diciembre del 2020 al 9 de febrero de 2023, en el que se exigía el adelanto de las elecciones.

En esa línea, Amnistía Internacional instó al Congreso a «derogar la Ley 31012, Ley de Protección Policial, y asegurar que la legislación vigente se encuentre en línea con los estándares internacionales sobre uso de la fuerza».

¿Por qué?

Esta petición se realiza en medio de la investigación de presuntas violaciones a los derechos humanos por parte de las autoridades peruanas durante las protestas.

Según el organismo, la afrenta a los derechos de los protestantes de parte de las autoridades, se realizó con un sesgo racista.

Por lo tanto, consistió, principalmente, «en ejecuciones extrajudiciales y muertes arbitrarias a través de un uso generalizado de munición letal para reprimir las protestas».

Esto, «lejos de tratarse de hechos aislados o de funcionarios actuando por su cuenta, el análisis apuntaría a una política estatal coordinada y consciente», resaltó Amnistía en el documento.

Tras las visitas de investigación en Lima, Ayacucho, Juliaca, Andahuaylas y Chincheros, Amnistía documentó 25 casos de personas fallecidas, entre ellos seis menores de edad.

Entre las muertes, solo 20 presentan elementos que configuran una ejecución extrajudicial, «ya sea por el tipo de munición utilizada, la zona de las lesiones, la aparente indefensión de las víctimas en el momento de la muerte y la mecánica de los hechos observada en videos e imágenes y relatada por testigos», precisa el informe.

Ley de protección policial

La Ley n.º 31012 conocida como la Ley de protección policial fue aprobada por el Congreso de la República en marzo 19 del 2020.

La promulgó Manuel Merino de Lama, quien en ese entonces fungía como presidente de la Mesa Directiva del Parlamento.

En su tiempo, la ley fue duramente criticada y observada por los peligros que se advirtieron.

La ley prometía eliminar el apartado que establecía cuándo el agente debía actuar, que en este caso cuando el nivel de fuerza fuera empleado en caso de encontrarse en peligro.

Es decir, que «el uso de la fuerza es proporcional cuando el nivel de fuerza empleado para alcanzar el objetivo legal buscado corresponde a la resistencia ofrecida y al peligro representado por la persona a intervenir o la situación a controlar».

Por otro lado, esta norma hizo sustanciales modificaciones al Código Penal para eximir de responsabilidad penal al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.

También prohíbe la detención preliminar judicial y prisión preventiva de agentes policiales que causen muerte o lesiones por el uso de sus armas.

 

 

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